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Basado en el empleo

Clasificaciones de visas temporales basadas en el empleo

Hay muchas diferentes clasificaciones de visas basadas en el empleo temporal. Las clasificaciones de visas temporales basadas en el empleo permiten a los empleadores contratar y solicitar a ciudadanos extranjeros para trabajos específicos por períodos limitados. La mayoría de los trabajadores temporales deben trabajar para el empleador que los solicitó y tienen una capacidad limitada para cambiar de trabajo. En la mayoría de los casos, deben abandonar los Estados Unidos si su estado expira o si se da por terminado su empleo.

Tipo de visas temporales basadas en el empleo:

H1B H2A H2B L1A L1B
Ocupaciones de especialidad Trabajadores agrícolas Trabajadores temporales no agrícolas visa de transferencia dentro de la compañía (gerencial) Visa de transferencia intracomunitaria (conocimiento único o especial)
Límites anuales numéricos 65,000 más 20,000 más para profesionales extranjeros con maestría de los EE. UU. O un título superior Sin límite 66,000 Sin límite Sin límite
Duración del estado Inicialmente, durante 3 años. Puede extenderse hasta 6 años en total Inicialmente admitido para empleo aprobado. Puede renovarse por un máximo de 3 años/td> Inicialmente admitido por un período de un año. Puede renovarse por un total de hasta 3 años/td> Inicialmente admitido por hasta 3 años. Puede extenderse hasta 7 años Inicialmente admitido por hasta 3 años. Puede extenderse hasta 5 años
Cónyuges e hijos?

Inmigración permanente basada en el empleo

El proceso de inmigración a través del empleo es un poco más complejo que las visas patrocinadas por la familia e involucra tanto a USCIS como al Departamento de Trabajo de los EE. UU.

Los siguientes son los pasos básicos en el proceso:

Los ciudadanos extranjeros y los empleadores deben determinar si el extranjero es elegible para la residencia permanente legal.

La mayoría de las categorías de empleo requieren que el empleador de EE. UU. Complete y envíe una solicitud de certificación laboral al Departamento de Trabajo (“DOL”). El DOL otorgará o rechazará la solicitud.

Luego, el empleador presenta una Petición de trabajador extranjero ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (“USCIS”). USCIS aprobará o rechazará esta solicitud.

Si se aprueba, el solicitante recibirá un número de visa de inmigrante. Si el solicitante ya se encuentra en los Estados Unidos, debe solicitar el ajuste de estado luego de que el número de visa esté disponible. Si el solicitante se encuentra fuera de los Estados Unidos cuando esté disponible un número de visa de inmigrante, él o ella completará el proceso en su oficina consular.

Categoría de preferencia Tipo de trabajador Descripción Visas actuales (disponible)
Primero Trabajadores prioritarios Personas con habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo; profesores o investigadores sobresalientes; y ejecutivos y gerentes multinacionales.
Segundo Miembros de las profesiones con títulos avanzados Las personas que son miembros de las profesiones con títulos avanzados o para personas con habilidades excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios. Sí (excepto China, India)
Tercero Trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores Profesionales, trabajadores calificados y otros trabajadores. Sí (excepto China, India)
Cuarto Ciertos Inmigrantes Especiales “Inmigrantes especiales” incluye a ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos de servicio exterior de EE. UU., Empleados jubilados de organizaciones internacionales, menores extranjeros que son pupilos de tribunales en los Estados Unidos y otras clases de extranjeros. Sí (excepto El Salvador, Guatemala, Honduras y México)
Quinto Inversores comerciales Inversores comerciales que invierten $ 1 millón o $ 500,000 (si la inversión se realiza en un área de empleo específica) en una nueva empresa comercial que emplea al menos 10 trabajadores de tiempo completo de los EE. UU. Sí (excepto China)

Para obtener las últimas actualizaciones sobre la disponibilidad de visas, haga clic aquí:
Visa Bulletin

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