Cónyuge: usted puede auto-petición si usted es el cónyuge maltratado de un estadounidense ciudadano o residente legal permanente. Sus hijos que no están casados y menores de 21 años también pueden ser elegibles para presentar su petición.
Padre: usted puede auto-peticionar como el padre de un niño que ha sido abusado por un estadounidense padre ciudadano o residente permanente legal.
Niño: usted también puede solicitar como el hijo de un estadounidense padre ciudadano o residente permanente legal que ha abusado de usted.
El solicitante debe demostrar:
-estaba legalmente casada con los EE.UU. agresor de residente permanente ciudadano o legal. Una petición puede también ser archivada dentro de 2 años de la terminación del matrimonio por la muerte o el divorcio.
-la batería ocurrió en los Estados Unidos a menos que el cónyuge abusivo sea empleado por el gobierno o el ejército de Estados Unidos.
-la batería o la crueldad extrema ocurrieron durante el matrimonio.
-el solicitante es de buen carácter moral; y
-el solicitante entró en el matrimonio de buena fe.